viernes, 25 de marzo de 2016

Visita al Parque Nacional "Cueva del Guacharo", estado Monagas. Venezuela.







Propuesta sobre la exposición de motivos relacionada con el proyecto de ley sobre el Trastorno del Espectro Autista y otras condiciones relacionadas para la República Bolivariana de Venezuela.




Escrita por:

Teniente Coronel Edgar Alejandro Lugo Pereira

Especialista en Historia Militar



Todos los venezolanos y venezolanas sin distingo de su condición, tienen el derecho inmarcesible de obtener del Estado, la inclusión y protección por parte de las instituciones destinadas a garantizar el libre acceso a una salud integral y de calidad que estén directamente involucrada con el Trastorno del Espectro Autista y demás condiciones relacionadas.

Un gobierno debe comprometerse con su pueblo en todos los escenarios de la vida individual y colectiva, basándose precisamente en la atención a las personas que por su naturaleza son diferentes al común denominador de sus conciudadanos y que en especial, requieren recibir, el correspondiente soporte y respaldo para su inserción en la sociedad, coadyuvando a mejorar las condiciones limitantes que impiden ser temporal y estructuralmente considerados, elementos vitales dentro del desarrollo de las actividades  que la patria exige a sus integrantes.

Los ciudadanos y ciudadanas, venezolanos y venezolanas con trastornos del espectro autista y otras condiciones relacionadas, deben ser considerados como elementos vitales para el desarrollo de nuestro país. Son personas extraordinarias, con vidas extraordinarias, que desarrollan actividades extraordinarias, que bien dirigidas y calificadas por estructuras que los protejan y les brinden calidad de vida y la debida orientación por parte del Estado, estarán capacitados para contribuir con el crecimiento de áreas del conocimiento relacionadas con la ciencia y tecnología, las artes, la educación, el deporte entre otras, todas pilares del fortalecimiento de nuestra cultura, propiciando el desarrollo y construcción de los derechos humanos fundamentales refrendados en el Título III de los Derechos Humanos y Garantías de los Deberes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Estamos abriendo el estado de oportunidades para todos y todas los venezolanos y venezolanas, con la finalidad de trazar nuevas rutas hacia la integración y aceptación de los seres humanos en una sociedad de iguales, de derecho y justicia social, sin discriminación por ser diferentes, presentando nuevas oportunidades fundamentadas constitucionalmente en el respeto y comprensión de las diferencias de cada quien y por cada cual, permitiendo al Estado, planificar, desarrollar, invertir y coordinar, todas las acciones conducentes a garantizar las medidas preventivas y correctivas de manera continua y permanentemente.

Es menester y obligación del Estado venezolano, participar en el proceso de atención de una creciente población con Trastorno del Espectro Autista y otras condiciones relacionadas. Partiendo de la premisa de la inclusión social, como fórmula democrática y republicana garantizando, el estado de derecho y participación de todos y todas los ciudadanos y ciudadanas, venezolanos y venezolanas, como lo establecen los principios que en materia del derecho humano establece la Carta Magna, y a su vez, presentar nuevas propuestas para la atención, cuido y respaldo de esta comunidad, favoreciendo el proceso de desarrollo de nuevos conceptos científicos que persigan innovar, crear y perfeccionar los métodos, técnicas y procedimientos relacionados con el tratamiento médico, terapéutico y farmacológico para el bienestar del pueblo venezolano y allende fronteras, fomentar la integración de todos los esfuerzos internacionales para lograr cerrar definitivamente la brecha de la discriminación social que tanto daño ha causado a quienes son considerados históricamente, diferentes a la mayoría de sus conciudadanos.