viernes, 25 de marzo de 2016

Propuesta sobre la exposición de motivos relacionada con el proyecto de ley sobre el Trastorno del Espectro Autista y otras condiciones relacionadas para la República Bolivariana de Venezuela.




Escrita por:

Teniente Coronel Edgar Alejandro Lugo Pereira

Especialista en Historia Militar



Todos los venezolanos y venezolanas sin distingo de su condición, tienen el derecho inmarcesible de obtener del Estado, la inclusión y protección por parte de las instituciones destinadas a garantizar el libre acceso a una salud integral y de calidad que estén directamente involucrada con el Trastorno del Espectro Autista y demás condiciones relacionadas.

Un gobierno debe comprometerse con su pueblo en todos los escenarios de la vida individual y colectiva, basándose precisamente en la atención a las personas que por su naturaleza son diferentes al común denominador de sus conciudadanos y que en especial, requieren recibir, el correspondiente soporte y respaldo para su inserción en la sociedad, coadyuvando a mejorar las condiciones limitantes que impiden ser temporal y estructuralmente considerados, elementos vitales dentro del desarrollo de las actividades  que la patria exige a sus integrantes.

Los ciudadanos y ciudadanas, venezolanos y venezolanas con trastornos del espectro autista y otras condiciones relacionadas, deben ser considerados como elementos vitales para el desarrollo de nuestro país. Son personas extraordinarias, con vidas extraordinarias, que desarrollan actividades extraordinarias, que bien dirigidas y calificadas por estructuras que los protejan y les brinden calidad de vida y la debida orientación por parte del Estado, estarán capacitados para contribuir con el crecimiento de áreas del conocimiento relacionadas con la ciencia y tecnología, las artes, la educación, el deporte entre otras, todas pilares del fortalecimiento de nuestra cultura, propiciando el desarrollo y construcción de los derechos humanos fundamentales refrendados en el Título III de los Derechos Humanos y Garantías de los Deberes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Estamos abriendo el estado de oportunidades para todos y todas los venezolanos y venezolanas, con la finalidad de trazar nuevas rutas hacia la integración y aceptación de los seres humanos en una sociedad de iguales, de derecho y justicia social, sin discriminación por ser diferentes, presentando nuevas oportunidades fundamentadas constitucionalmente en el respeto y comprensión de las diferencias de cada quien y por cada cual, permitiendo al Estado, planificar, desarrollar, invertir y coordinar, todas las acciones conducentes a garantizar las medidas preventivas y correctivas de manera continua y permanentemente.

Es menester y obligación del Estado venezolano, participar en el proceso de atención de una creciente población con Trastorno del Espectro Autista y otras condiciones relacionadas. Partiendo de la premisa de la inclusión social, como fórmula democrática y republicana garantizando, el estado de derecho y participación de todos y todas los ciudadanos y ciudadanas, venezolanos y venezolanas, como lo establecen los principios que en materia del derecho humano establece la Carta Magna, y a su vez, presentar nuevas propuestas para la atención, cuido y respaldo de esta comunidad, favoreciendo el proceso de desarrollo de nuevos conceptos científicos que persigan innovar, crear y perfeccionar los métodos, técnicas y procedimientos relacionados con el tratamiento médico, terapéutico y farmacológico para el bienestar del pueblo venezolano y allende fronteras, fomentar la integración de todos los esfuerzos internacionales para lograr cerrar definitivamente la brecha de la discriminación social que tanto daño ha causado a quienes son considerados históricamente, diferentes a la mayoría de sus conciudadanos.


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