Escrito
por:
Teniente Coronel Edgar Alejandro Lugo Pereira
Especialista
en Historia Militar
Mientras
las fuerzas Aliadas presentaron un parte de guerra que comprendía 79 muertos,
21 heridos, 45 desaparecidos y 9 prisioneros de guerra; las bajas estimadas de
Irak se calcularon en el orden de los 80.000 a 100.000, efectivos militares de
las cuales el mayor porcentaje fue causado por el persistente bombardeo aéreo
durante los 43 días que duro esta guerra.
EI resultado
fue inevitable, cuando la ofensiva terrestre comenzó a mediados de febrero,
encontró mínima resistencia y rápidamente la coalición avanzó desde Arabia Saudita
hasta el Río Éufrates. La magnitud de la victoria en toda la campaña en general fue manifestada
por la proporción increíble de elementos militares iraquíes hambrientos y
desmoralizados que se rendían sin presentar batalla.
Bajo el
derecho bélico la responsabilidad de proteger a los no combatientes en el
teatro de la guerra, corresponde al atacante, al defensor y a los propios no
combatientes, y de acuerdo a los usos generalmente aceptados, los no
combatientes deben observar un grado razonable de precaución, alejándose de los
objetivos u operaciones militares.
“Una
fuerza atacante no puede identificar específicamente como objetivos a no
combatientes o bienes civiles, pero tampoco se permite que el defensor los
coloque en zonas habitadas por civiles o cerca de objetos protegidos, para
esconderlos o protegerlos contra el ataque.” [1]
Sin
embargo el desconocimiento de estas normas por parte de los combatientes
iraquíes al usar a civiles, bienes civiles y objetos culturales para proteger
objetivos militares legítimos, hacían
incumplir sus obligaciones como signatario de los convenios de Ginebra,
exponiendo a riesgos adicionales a sus propios ciudadanos, los bienes
particulares de éstos y el patrimonio cultural de la civilización mundial.
Situación muy bien aprovechada por las fuerzas estadounidenses al dar como
justificado, el saqueo del patrimonio cultural iraquí, cometido alevosa e
irresponsablemente por los comandantes de las unidades de maniobra, quienes en
sus trenes logísticos enviaban a la zona de retaguardia cuantiosos tesoros que
en la actualidad reposan en depósitos en territorio de la unión y en manos de
agentes privados para agenciar criminalmente su subastas a coleccionistas
interesados en poseerlas. Se le exigió al gobierno iraquí por parte de las
fuerzas de la coalición, tomar medidas para aislar a los civiles de los objetivos
militares. Desgraciadamente esto no ocurrió y los daños materiales y pérdidas
humanas se incrementaron exponencialmente.
“Las infracciones graves a las que se
refiere el artículo anterior son las que implican uno cualquiera de los actos
siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por el Convenio:
el homicidio intencional, la tortura o los tratos inhumanos, incluidos los
experimentos biológicos, el hecho de causar deliberadamente grandes
sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud, la
destrucción y la apropiación de bienes, no justificada por necesidades
militares y efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente”[2].
En la operación
Tormenta del Desierto hubo poco respeto por las leyes humanitarias
internacionales, incluso se obviaron las Convenciones de Ginebra de 1949. La
infraestructura civil fue bombardeada y las denuncias por parte de la Media
Luna Roja no se hicieron esperar, en conjunto con las ONG’s, acusando al gobierno
estadounidense de usar deliberadamente todo su poderío militar contra la
infraestructura civil de Irak, especialmente al sistema de tratamiento de
aguas, con el propósito manifiesto de distorsionar la vida civil en todo el país.
Hay más pruebas
señalando a las fuerzas de la coalición de violar los derechos humanos. Apuntar
contra la población civil y usar bombas de dispersión constituyen claras violaciones
a las Convenciones, aunque para esa fecha no existía prohibición de este tipo
de munición, en 2008 se presentó ante el CICR y los países miembros de la ONU,
una convención sobre el uso de estas municiones, que de ser aprobadas, eliminarían
del arsenal la fabricación, tenencia y uso de las mencionadas. El número de
civiles muertos producto del uso indiscriminado por parte de la coalición de
estos artefactos explosivos, podría ser del orden de miles. Sin embargo, debido
al control que ejercieron los países de la coalición sobre los medios de
comunicación y sus informaciones, no se podrán
conocer estas realidades por un largo periodo de tiempo, hasta que los
responsables directos de tanta ignominia hayan dejado de existir.
Por lo
tanto, no debería sorprender que, en los preparativos para una situación de
este tipo, el gobierno de Bush en su momento histórico haya influenciado a la Corte Penal
Internacional con gran determinación antes de que ésta comenzara su tarea de juzgar
a los acusados de cometer crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad,
como ya sucedió con el juzgamiento y ejecución de Saddam Hussein y muchos de
sus ministros y colaboradores.
¿Cómo se podrá comprobar desde el punto de vista del Derecho
Internacional Humanitario, los convenios y sus protocolos, que de alguna manera
se respetó el derecho de los ex combatientes y población civil durante el desarrollo del
conflicto armado?
Continuará…
[1] Los
artículos 13 al 26 del convenio GC contenían las disposiciones que protegen a
toda la población civil. Los artículos 27 al 149 del GC reglamentan el trato de
los civiles protegidos. Más específicamente, el artículo Z8 del GC dispone que
un civil "no puede ser utilizado para inmunizar determinados lugares o
zonas contra las operaciones militares." Irak, por ser signatario de los
convenios de Ginebra, tenía la obligación de respetar esta norma.
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