Suerte que corrieron los heridos y enfermos de las
Fuerzas Armadas Iraquíes durante la primera guerra contra Irak 1990-1991
(final)
Escrito por:
Teniente Coronel Edgar Alejandro Lugo Pereira
Especialista en Historia Militar
Es poco probable que lo sepamos, dada las condiciones de absoluta censura
sobre este tema en particular tan comprometedor, que señala a las potencias
beligerantes como violadores de facto de tales disposiciones jurídicas
aceptadas por la comunidad internacional y que por mantener su supremacía en el
control de las fuentes de energía en este caso el petróleo, no les importo en
su momento histórico tales consecuencias, aunado al costo político y económico
de enorme proporciones, implicaría activar tribunales internacionales para
juzgar en primer plano, como se manejó la guerra y llevar a los responsables,
hoy vencedores ante un jurado para que explicasen sus actos criminales. Una
panacea desde el punto de vista de la realidad del Nuevo Orden Mundial.
Desde allí se partiría para reinterpretar toda la norma jurídica y
actualizarla a las nuevas vertientes del comportamiento social, para contener
esta avanzada neocolonial que esta impactando a la humanidad, en sus más
profundas bases ideológicas, económicas, políticas, militares y poder
definitivamente evitar estas masacres sociales, que en nombre de los
sentimientos nacionalistas de lideres autoritarios y de aquellos otros lideres
que esgrimen una intención de imponer una paz perpetua acomodaticia a sus
intereses colonizadores, pretenden subyugar a los pueblos oprimidos en nombre
de la libertad, igualdad y fraternidad.
Es conocido por todos los organismos internacionales que asisten en
materia del Derecho internacional Humanitario que el tratamiento de los heridos
y enfermos durante la guerra del golfo en 1991 fue muy superficial, así lo
hemos podido comprobar gracias a las filtraciones de agencias gubernamentales
que han permeado a otras de carácter independiente como WikiLeaks, y nos han
permitido conocer parte de los horrores de una guerra conducida a la postre sin
ningún tipo de escrúpulo o sentimiento hacia las poblaciones y combatientes
afectados. CNN, FOXNEWS, AL JAZZERA, entre otras fuentes informativas nos los
demuestran, violando de hecho y de derecho al I Convenio de Ginebra,
lamentablemente en la actualidad estas omisiones siguen sucediéndose, sin que
ningún organismo pueda de alguna forma hacer cumplir las disposiciones
establecidas sobre este particular.
Se hace imperioso observar la actuación de estos organismos, que sin el
compromiso de acatar la norma internacional sobre el tratamiento de los
enfermos y heridos por parte de cada uno de los beligerantes, hacen que su
tarea sea cuesta arriba y por supuesto las leyes que establecen el derecho
internacional humanitario sean imposibles de aplicar, trayendo como
consecuencia el recrudecimiento de acciones en combate que atentan contra la
humanidad.
“Las Partes en
conflicto velarán por que la inhumación o la incineración de los cadáveres,
hecha individualmente en la medida en que las circunstancias lo permitan, vaya
precedida de un atento examen y, si es posible, médico de los cuerpos, a fin de
comprobar la muerte, determinar la identidad y poder dar cuenta al respecto. La
mitad de la doble placa de identidad o la placa misma, si se trata de una placa
sencilla, quedará sobre el cadáver. Los cuerpos no podrán ser incinerados más que
por imperiosas razones de higiene o por motivos basados en la religión de los
fallecidos. En caso de incineración, se hará la correspondiente mención
detallada indicando los motivos en el acta de defunción o en la lista
autenticada de fallecimientos.
Además, las Partes en conflicto velarán por que se entierre a los muertos honrosamente, si es posible según los ritos de la religión a la que pertenecían, por que sus sepulturas sean respetadas, agrupadas, si es posible, de conformidad con la nacionalidad de los fallecidos, convenientemente atendidas y marcadas de modo que siempre puedan ser encontradas. Para ello, organizarán, al comienzo de las hostilidades, un Servicio oficial de tumbas, a fin de permitir exhumaciones eventuales, garantizar la identificación de los cadáveres, sea cual fuere el lugar de las sepulturas, y su eventual traslado al respectivo país de origen. Estas disposiciones son igualmente aplicables a las cenizas, que serán conservadas por el Servicio de tumbas, hasta que el país de origen comunique las medidas que desea tomar a este respecto.
En cuanto las circunstancias lo permitan y, a más tardar, al fin de las hostilidades, estos servicios se intercambiarán, por mediación de la oficina de información mencionada en el párrafo segundo del artículo 16, listas en las que se indiquen exactamente el lugar y la designación de las tumbas, así como los datos relativos a los muertos en ellas sepultados”[1].
Como podemos visualizar, los combatientes que se enfrentaron en el teatro de operaciones, poco manejaron o conocieron sobre el trato justo y humano que se le debe dar a sus pares con respecto a su accionar dentro del campo de batalla, recordándonos nuestros más bajos instintos animales sin embargo, el articulo 17 citado del I Convenio de Ginebra, da cuenta claramente de una verdad que fue deliberadamente transgredida luego que se retorno a la calma de post guerra, no se procedió según lo establecido a retirar los restos humanos de los combatientes del campo de batalla.
Además, las Partes en conflicto velarán por que se entierre a los muertos honrosamente, si es posible según los ritos de la religión a la que pertenecían, por que sus sepulturas sean respetadas, agrupadas, si es posible, de conformidad con la nacionalidad de los fallecidos, convenientemente atendidas y marcadas de modo que siempre puedan ser encontradas. Para ello, organizarán, al comienzo de las hostilidades, un Servicio oficial de tumbas, a fin de permitir exhumaciones eventuales, garantizar la identificación de los cadáveres, sea cual fuere el lugar de las sepulturas, y su eventual traslado al respectivo país de origen. Estas disposiciones son igualmente aplicables a las cenizas, que serán conservadas por el Servicio de tumbas, hasta que el país de origen comunique las medidas que desea tomar a este respecto.
En cuanto las circunstancias lo permitan y, a más tardar, al fin de las hostilidades, estos servicios se intercambiarán, por mediación de la oficina de información mencionada en el párrafo segundo del artículo 16, listas en las que se indiquen exactamente el lugar y la designación de las tumbas, así como los datos relativos a los muertos en ellas sepultados”[1].
Como podemos visualizar, los combatientes que se enfrentaron en el teatro de operaciones, poco manejaron o conocieron sobre el trato justo y humano que se le debe dar a sus pares con respecto a su accionar dentro del campo de batalla, recordándonos nuestros más bajos instintos animales sin embargo, el articulo 17 citado del I Convenio de Ginebra, da cuenta claramente de una verdad que fue deliberadamente transgredida luego que se retorno a la calma de post guerra, no se procedió según lo establecido a retirar los restos humanos de los combatientes del campo de batalla.
…Los miembros de las fuerzas armadas y las demás
personas mencionadas en el artículo siguiente, que estén heridos o enfermos,
habrán de ser respetados y protegidos en todas las circunstancias.
Serán tratados y asistidos con humanidad porla Parte en conflicto que los
tenga en su poder, sin distinción alguna de índole desfavorable basada en el
sexo, la raza, la nacionalidad, la religión, las opiniones políticas o en
cualquier otro criterio análogo. Está estrictamente prohibido todo atentado
contra su vida y su persona, en particular matarlos o exterminarlos, someterlos
a tortura, efectuar en ellos experimentos biológicos, dejarlos deliberadamente
sin atención médica o sin asistencia…[2]
Serán tratados y asistidos con humanidad por
CONCLUSIONES
Sin
lugar a dudas, la Guerra
del Golfo Pérsico es un capítulo de la historia que todavía no se ha cerrado y
aparentemente, hechos que hacen suponer que la administración de Bush mintió
sobre los motivos de participar en esta guerra, amén de ocultar deliberadamente
el tratamiento de que fueron objetos tanto combatientes como no combatientes y
las reiteradas violaciones al los convenios y sus protocolos respectivos y que desde 1991 están presentes, no dejan de
aparecer, haciendo necesario establecer una investigación seria y responsable,
que permita juzgar en el futuro a todos los criminales de guerra cualquiera sea
su procedencia.
La
historia muestra que el gobierno estadounidense oculta la verdad. En el siglo XX
y lo que va del XXI, para justificar virtualmente cada guerra, han emprendido
campañas de operaciones psicológicas para silenciar y desvirtuar los motivos de
cada conflicto que han emprendido, motivadas principalmente por
la industria de la guerra y maquilladas posteriormente por el star sistema y la
industria hollywoodense según los datos que entregamos
a lo largo de este trabajo. Existen argumentos de sobra para pensar que los
EE.UU. y los aliados de la coalición, violaron flagrante y sistemáticamente
todos los derechos fundamentales del pueblo iraquí. Sin embargo el gobierno de
Saddam Hussein hizo lo propio con sus connacionales por lo que no se le
puede justificar. Cada actor violo sistemáticamente todas las leyes
internacionales que tratan la materia y es muy lamentable que aún se persista
en imponer la fuerza del aparato militar sobre los pueblos desprotegidos que
lamentablemente son las víctimas directas de las ambiciones desmedidas de sus
propios gobernantes.
BIBLIOGRAFIA
Los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, ediciones
del Comité Internacional de la Cruz Roja ,
1986.
Henckaerts, Jean. El derecho internacional
humanitario consuetudinario, ediciones del Comité Internacional de la
Cruz Roja , 2007.
“The Gulf War: How Many
Iraqis Died?” Foreign Policy, marzo de 1993, 108-25.
THE NEW YORK
TIMES. New York, Estados Unidos, miércoles 25
de Julio de 1990 y lunes 24 de septiembre de 1990.
Google images Gulf in war
1991.
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